La Agencia Española de Protección de Datos ha instado a Google a no permitir que aparezca en su buscador datos de la vida privada de un ciudadano sin su consentimiento. La resolución considera que le ampara el derecho de oposición previsto en la Ley Orgánica de Protección de Datos, y que el afectado tiene motivos fundados y legítimos para reclamar su privacidad, ya que en el buscador aparecen dos noticias que no tienen que ver con su actividad profesional de músico.
El interesado reclamó a Google, en abril de 2008, ejercer su derecho a oposición, a lo que Google se negó, indicando que no tienen control sobre las noticias originales. La AEPD da la razón al afectado al considerar que desde Google deberían haber tomado las medidas necesarias para retirar los datos de su índice e imposibilitar el acceso posterior a los mismos.
Datos tomados de Barrapunto.
El interesado reclamó a Google, en abril de 2008, ejercer su derecho a oposición, a lo que Google se negó, indicando que no tienen control sobre las noticias originales. La AEPD da la razón al afectado al considerar que desde Google deberían haber tomado las medidas necesarias para retirar los datos de su índice e imposibilitar el acceso posterior a los mismos.
Datos tomados de Barrapunto.
No hay comentarios:
Publicar un comentario